ARTICULO 1275 CÓDIGO CIVIL
ARTICULO 1275 CÓDIGO CIVIL
Los contratos:
- sin causa
- o con causa ilícita
No producen efecto alguno.
Es ilícita la causa cuando se opone a las leyes o a la moral.
ARTICULO 1275 CÓDIGO CIVIL
Los contratos:
No producen efecto alguno.
Es ilícita la causa cuando se opone a las leyes o a la moral.
ARTICULO 314 CÓDIGO COMERCIO
Los préstamos no devengarán interés si no se hubiere pactado por escrito.
ARTÍCULO 26 CONSTITUCIÓN «DERECHOS FUNDAMENTALES Y LIBERTADES PÚBLICAS»
Se prohíben los Tribunales de Honor en el ámbito de la Administración civil y de las organizaciones profesionales.
ARTÍCULO 25 CONSTITUCIÓN «DERECHOS FUNDAMENTALES Y LIBERTADES PÚBLICAS»
UNO >>> Nadie puede ser condenado o sancionado:
DOS >>> Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad:
El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma:
TRES >>>> La Administración civil no podrá imponer sanciones que, directa o subsidiariamente, impliquen privación de libertad.
ARTÍCULO 23 CONSTITUCIÓN «DERECHOS FUNDAMENTALES Y LIBERTADES PÚBLICAS»
UNO >>> Los ciudadanos tienen el derecho a:
DOS >>> Asimismo, tienen derecho a:
ARTÍCULO 22 CONSTITUCIÓN «DERECHOS FUNDAMENTALES Y LIBERTADES PÚBLICAS»
UNO >>>> Se reconoce el derecho de asociación.
DOS >>> Las asociaciones que persigan fines o utilicen medios tipificados como delito son ilegales.
TRES >>> Las asociaciones constituidas al amparo de este artículo deberán inscribirse en un registro a los solos efectos de publicidad.
CUATRO >>> Las asociaciones sólo podrán ser disueltas o suspendidas en sus actividades en virtud de resolución judicial motivada.
CINCO >>> Se prohíben las asociaciones secretas y las de carácter paramilitar.
ARTÍCULO 21 CONSTITUCIÓN «DERECHOS FUNDAMENTALES Y LIBERTADES PÚBLICAS»
UNO >>> Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas.
DOS >>> En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad
ARTÍCULO 19 CONSTITUCIÓN «DERECHOS FUNDAMENTALES Y LIBERTADES PÚBLICAS»
Los españoles tienen derecho a:
Asimismo, tienen derecho a:
Este derecho no podrá ser limitado por motivos políticos o ideológicos.
ARTÍCULO 17 CONSTITUCIÓN «DERECHOS FUNDAMENTALES Y LIBERTADES PÚBLICAS»
UNO >>>> Toda persona tiene derecho a:
Nadie puede ser privado de su libertad, sino con la observancia de lo establecido en este artículo y en los casos y en la forma previstos en la Ley.
DOS >>> La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos, y, en todo caso, en el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial.
TRES >>>> Toda persona detenida debe ser informada de forma inmediata, y de modo que le sea comprensible:
Se garantiza la asistencia de abogado al detenido en las diligencias policiales y judiciales, en los términos que la Ley establezca.
CUATRO >>> La Ley regulará un procedimiento de «habeas corpus» para producir la inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente.
Asimismo, por Ley se determinará el plazo máximo de duración de la prisión provisional.
ARTÍCULO 16 CONSTITUCIÓN «DERECHOS FUNDAMENTALES Y LIBERTADES PÚBLICAS»
UNO >>>> Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la Ley.
DOS >>> Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.
TRES >>>> Ninguna confesión tendrá carácter estatal.
Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.