ARTÍCULO 852 LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL
ARTÍCULO 852 LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL
En todo caso, el recurso de casación podrá interponerse
- fundándose en la infracción de precepto constitucional.
ARTÍCULO 852 LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL
En todo caso, el recurso de casación podrá interponerse