ARTÍCULO 803 bis C LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL «CONTENIDO DEL DECRETO DE PROPUESTA DE IMPOSICIÓN DE PENA»
ARTÍCULO 803 bis C LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL «CONTENIDO DEL DECRETO DE PROPUESTA DE IMPOSICIÓN DE PENA»
El decreto de propuesta de imposición de pena emitido por el Ministerio Fiscal tendrá el siguiente contenido:
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Identificación del investigado.
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Descripción del hecho punible.
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Indicación del delito cometido y mención sucinta de la prueba existente.
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Breve exposición de los motivos por los que entiende, en su caso, que la pena de prisión debe ser sustituida.
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Penas propuestas. A los efectos de este procedimiento, el Ministerio Fiscal podrá proponer la pena de multa o trabajos en beneficio de la comunidad, y, en su caso, la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, reducida hasta en un tercio respecto de la legalmente prevista, aun cuando suponga la imposición de una pena inferior al límite mínimo previsto en el Código Penal.
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Peticiones de restitución e indemnización, en su caso.