ARTÍCULO 595 CÓDIGO PENAL “DELITOS QUE COMPROMETEN LA PAZ O LA INDEPENDENCIA DEL ESTADO»
ARTÍCULO 595 CÓDIGO PENAL “DELITOS QUE COMPROMETEN LA PAZ O LA INDEPENDENCIA DEL ESTADO»
El que, sin autorización legalmente concedida, levantare tropas en España para el servicio de una potencia extranjera, cualquiera que sea el objeto que se proponga o la Nación a la que intente hostilizar, será castigado con la pena de prisión de cuatro a ocho años.