ARTÍCULO 526 CÓDIGO PENAL «DELITO CONTRA LIBERTAD CONCIENCIA o RELIGIOSA-VIOLAR SEPULCROS …»
ARTÍCULO 526 CÓDIGO PENAL «DELITO CONTRA LIBERTAD CONCIENCIA o RELIGIOSA-VIOLAR SEPULCROS …»
El que, faltando al respeto debido a la memoria de los muertos
- violare los sepulcros o sepulturas
- profanare un cadáver o sus cenizas
- o con ánimo de ultraje, destruyere, alterare o dañare las urnas funerarias, panteones, lápidas o nichos
será castigado con la pena de prisión de tres a cinco meses o multa de seis a 10 meses.