ARTÍCULO 493 CÓDIGO PENAL «DELITOS CONTRA EL ESTADO-INVADIR LAS CÁMARAS»
ARTÍCULO 493 CÓDIGO PENAL «DELITOS CONTRA EL ESTADO-INVADIR LAS CÁMARAS»
Los que, sin alzarse públicamente:
- invadieren con fuerza, violencia o intimidación
Las sedes del Congreso de los Diputados, del Senado o de una Asamblea Legislativa de Comunidad Autónoma, si están reunidos, serán castigados con la pena de prisión de tres a cinco años.