ARTÍCULO 454 LEY ENJUICIAMIENTO CRIMINAL «SUMARIO – DILIGENCIAS DE INVESTIGACIÓN – CAREO»
ARTÍCULO 454 LEY ENJUICIAMIENTO CRIMINAL «SUMARIO – DILIGENCIAS DE INVESTIGACIÓN – CAREO»
El Juez no permitirá que los careados se insulten o amenacen.
ARTÍCULO 454 LEY ENJUICIAMIENTO CRIMINAL «SUMARIO – DILIGENCIAS DE INVESTIGACIÓN – CAREO»
El Juez no permitirá que los careados se insulten o amenacen.