ARTÍCULO 304 CÓDIGO PENAL «BLANQUEO DE CAPITALES-ACTOS PREPARATORIOS-PROVOCACIÓN, CONSPIRACIÓN y PROPOSICIÓN»
ARTÍCULO 304 CÓDIGO PENAL «BLANQUEO DE CAPITALES-ACTOS PREPARATORIOS-PROVOCACIÓN, CONSPIRACIÓN y PROPOSICIÓN»
La provocación, la conspiración y la proposición para cometer los delitos previstos en los artículos 301, 302 y 303 se castigará, respectivamente, con la pena inferior en uno o dos grados.