ARTÍCULO 264 ter CÓDIGO PENAL «FACILITAR PROGRAMA/CONTRASEÑA PARA EJECUTAR DELITOS DEL 264 o 264 bis»
ARTÍCULO 264 ter CÓDIGO PENAL «FACILITAR PROGRAMA/CONTRASEÑA PARA EJECUTAR DELITOS DEL 264 o 264 bis»
Será castigado con una pena de prisión de seis meses a dos años o multa de tres a dieciocho meses el que, sin estar debidamente autorizado, produzca, adquiera para su uso, importe o, de cualquier modo, facilite a terceros, con la intención de facilitar la comisión de alguno de los delitos a que se refieren los dos artículos anteriores:
- un programa informático, concebido o adaptado principalmente para cometer alguno de los delitos a que se refieren los dos artículos anteriores; o
- una contraseña de ordenador, un código de acceso o datos similares que permitan acceder a la totalidad o a una parte de un sistema de información.