ARTICULO 205 CÓDIGO PENAL «CALUMNIA»
ARTICULO 205 CÓDIGO PENAL «CALUMNIA»
Es calumnia la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.
ARTICULO 205 CÓDIGO PENAL «CALUMNIA»
Es calumnia la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.