ARTICULO 197 quater CÓDIGO PENAL «GRUPO CRIMINAL EN DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD»
ARTICULO 197 quater CÓDIGO PENAL «GRUPO CRIMINAL EN DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD»
Si los hechos descritos en este Capítulo se hubieran cometido en el seno de una organización o grupo criminal, se aplicarán respectivamente las penas superiores en grado.