ARTICULO 168 CÓDIGO PENAL «PROVOCACIÓN, CONSPIRACIÓN, PROPOSICIÓN PARA COMETER DETENCIÓN ILEGAL O SECUESTRO»
ARTICULO 168 CÓDIGO PENAL «PROVOCACIÓN, CONSPIRACIÓN, PROPOSICIÓN PARA COMETER DETENCIÓN ILEGAL O SECUESTRO»
La provocación, la conspiración y la proposición para cometer los delitos previstos en este capítulo se castigarán con la pena inferior en uno o dos grados a la señalada al delito de que se trate.