ARTÍCULO 55 CÓDIGO PENAL «AUTOMATISMO PENAS ACCESORIAS ADOSADAS A PENAS PRIVACIÓN LIBERTAD IGUAL/SUPERIOR A DIEZ AÑOS»
ARTÍCULO 55 CÓDIGO PENAL «AUTOMATISMO PENA DE INHABILITACIÓN»
La pena de prisión igual o superior a diez años llevará consigo la inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, salvo que ésta ya estuviere prevista como pena principal para el supuesto de que se trate.
El Juez podrá además disponer la inhabilitación especial para el ejercicio de la:
- patria potestad
- tutela
- curatela
- guarda o acogimiento
O bien la privación de la patria potestad, cuando estos derechos hubieren tenido relación directa con el delito cometido.
Esta vinculación deberá determinarse expresamente en la sentencia.