ARTÍCULO 23 CONSTITUCIÓN «DERECHOS FUNDAMENTALES Y LIBERTADES PÚBLICAS»
ARTÍCULO 23 CONSTITUCIÓN «DERECHOS FUNDAMENTALES Y LIBERTADES PÚBLICAS»
UNO >>> Los ciudadanos tienen el derecho a:
- participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.
DOS >>> Asimismo, tienen derecho a:
- acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes.