ARTÍCULO 66 CONSTITUCIÓN «DE LAS CORTES GENERALES»
ARTÍCULO 66 CONSTITUCIÓN «DE LAS CORTES GENERALES»
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Las Cortes Generales representan al Pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado.
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Las Cortes Generales ejercen la potestad legislativa del Estado, aprueban sus Presupuestos, controlan la acción del Gobierno y tienen las demás competencias que les atribuya la Constitución.
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Las Cortes Generales son inviolables.