ARTÍCULO 46 CONSTITUCIÓN
ARTÍCULO 46 CONSTITUCIÓN
Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad.
La Ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio.