ARTÍCULO 444 CÓDIGO PENAL «ACUMULACIÓN DE PENA A FUNCIONARIO EN SOLICITUD FAVOR SEXUAL»
ARTÍCULO 444 CÓDIGO PENAL «ACUMULACIÓN DE PENA A FUNCIONARIO EN SOLICITUD FAVOR SEXUAL»
Las penas previstas en el artículo anterior se impondrán sin perjuicio de las que correspondan por los delitos contra la libertad sexual efectivamente cometidos.