ARTÍCULO 256 CÓDIGO PENAL «FRAUDE EN SUMINISTROS-USO TERMINAL DE TELECOMUNICACIÓN»
ARTÍCULO 256 CÓDIGO PENAL «FRAUDE EN SUMINISTROS-USO DE TERMINAL DE TELECOMUNICACIÓN»
UNO >>> El que hiciere uso de cualquier equipo terminal de telecomunicación, sin consentimiento de su titular, y causando a éste un perjuicio económico, será castigado con la pena de multa de tres a doce meses.
DOS >>> Si la cuantía del perjuicio causado no excediere de 400 euros, se impondrá una pena de multa de uno a tres meses.
Gertie
–8 años ago
&qeu;tLucios,Childrun regress towards the population mean, and they vary around the new mean. Not crazy hard to understand."Well Rob, you must understand that he posts this "theory" I would say, once every other week, and like clockwork, once every other week, someone corrects him. It is hard to understand if you have an IQ of 82.3 – 87.