ARTICULO 183 quater CÓDIGO PENAL «CONSENTIMIENTO DEL MENOR DE DIECISÉIS A FAVOR DE PERSONA PRÓXIMA»
ARTICULO 183 quater CÓDIGO PENAL «CONSENTIMIENTO DEL MENOR DE DIECISÉIS A FAVOR DE PERSONA PRÓXIMA»
El consentimiento libre del menor de dieciséis años excluirá la responsabilidad penal por los delitos previstos en este Capítulo, cuando el autor sea una persona próxima al menor por edad y grado de desarrollo o madurez.