ARTÍCULO 462 CÓDIGO PENAL «FALSO TESTIMONIO-RETRACTACIÓN HABER PRESENTADO EN PROCESO TESTIGOS/PERITOS FALSOS»
ARTÍCULO 462 CÓDIGO PENAL «FALSO TESTIMONIO-RETRACTACIÓN HABER PRESENTADO EN PROCESO TESTIGOS/PERITOS FALSOS»
Quedará exento de pena el que, habiendo prestado un falso testimonio en causa criminal, se retracte en tiempo y forma, manifestando la verdad para que surta efecto antes de que se dicte sentencia en el proceso de que se trate.
Si a consecuencia del falso testimonio se hubiese producido la privación de libertad, se impondrán las penas correspondientes inferiores en grado.