ARTÍCULO 262 CÓDIGO PENAL «ALTERACIÓN DE PRECIOS EN CONCURSOS Y SUBASTAS»
ARTÍCULO 262 CÓDIGO PENAL «ALTERACIÓN DE PRECIOS EN CONCURSOS Y SUBASTAS»
UNO >>>> Los que solicitaren dádivas o promesas para no tomar parte en un concurso o subasta pública; los que intentaren alejar de ella a los postores por medio de amenazas, dádivas, promesas o cualquier otro artificio; los que se concertaren entre sí con el fin de alterar el precio del remate, o los que fraudulentamente quebraren o abandonaren la subasta habiendo obtenido la adjudicación, serán castigados con la pena de prisión de uno a tres años y multa de 12 a 24 meses, así como inhabilitación especial para licitar en subastas judiciales entre tres y cinco años.
Si se tratare de un concurso o subasta convocados por las Administraciones o entes públicos, se impondrá además al agente y a la persona o empresa por él representada la pena de inhabilitación especial que comprenderá, en todo caso, el derecho a contratar con las Administraciones públicas por un período de tres a cinco años.
DOS >>> El Juez o Tribunal podrá imponer alguna o algunas de las consecuencias previstas en el artículo 129si el culpable perteneciere a alguna sociedad, organización o asociación, incluso de carácter transitorio, que se dedicare a la realización de tales actividades.