ARTICULO 23 CONSTITUCIÓN
ARTICULO 23 CONSTITUCIÓN
UNO >>> Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.
DOS >>> Asimismo, tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes.
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ARTICULO 13 CONSTITUCIÓN | Nexta
8 años ago